Ley de Investigación Biomédica, Art. 75: Sanciones

Art. 75 de la Ley de Investigación Biomédica: Sanciones

Art. 75 de la Ley 14-2007: Sanciones

Enciclopedia del Derecho > España > Legislación > Leyes Básicas de Derecho Administrativo > Ley de Investigación biomédica > Título VI: Infracciones, Sanciones y Compensaciones por Daños > Artículo 75: Sanciones

1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 75 de la Ley de Investigación Biomédica: Sanciones

2.- Art. 75 de la Ley de Investigación Biomédica: Sanciones

Párrafo 1 del Artículo 75 de la Ley 14-2007

1. Las infracciones leves contra lo previsto en esta Ley serán sancionadas con multa de hasta 600 euros, las graves con multa desde 601 euros hasta 10.000 euros, y las muy graves desde 10.001 euros hasta 1.000.000 de euros.

Párrafo 2 del Artículo 75 de la Ley 14-2007

2. La cuantía de la sanción que se imponga, dentro de los límites indicados, se graduará teniendo en cuenta el riesgo generado, la repercusión social de la infracción, el beneficio que haya reportado al infractor la conducta sancionada y la previa comisión de una o más infracciones contra esta Ley.

Párrafo 3 del Artículo 75 de la Ley 14-2007

3. En todo caso, cuando la cuantía de la multa resulte inferior al beneficio obtenido por la comisión de la infracción, la sanción será aumentada hasta el doble del importe en que se haya beneficiado el infractor.

Párrafo 4 del Artículo 75 de la Ley 14-2007

4. Si un mismo hecho fuera constitutivo de dos o más infracciones tipificadas en ésta u otras Leyes, se tomará en consideración únicamente aquélla que comporte la mayor sanción.

Párrafo 5 del Artículo 75 de la Ley 14-2007

5. Las cuantías de las multas serán revisadas y actualizadas periódicamente por el Gobierno, teniendo en cuenta la variación de los índices de precios al consumo.

Párrafo 6 del Artículo 75 de la Ley 14-2007

6. Sin perjuicio de las sanciones previstas en este artículo, las infracciones graves o muy graves llevarán aparejadas la revocación de la autorización concedida para la investigación o actividad de que se trate.

Asimismo, en casos especialmente graves podrá acordarse la exclusión de autorización de cualquiera de las actividades reguladas en esta Ley por un período de uno a cinco años. Para la imposición de esta medida se tendrán en cuenta el riesgo generado, la repercusión social de la infracción, el beneficio que haya reportado al infractor la conducta sancionada y la previa comisión de una o más infracciones contra esta Ley.

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 75 de la Ley de Investigación Biomédica: Sanciones

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 75 de la Ley de Investigación Biomédica: Sanciones

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 75 de la Ley de Investigación Biomédica: Sanciones.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 75 de la Ley de Investigación Biomédica: Sanciones

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 75 de la Ley de Investigación Biomédica: Sanciones en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 75 de la Ley de Investigación Biomédica: Sanciones.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 75 de la Ley de Investigación Biomédica: Sanciones.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 75 de la Ley de Investigación Biomédica: Sanciones


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Art. 75 de la Ley de Investigación Biomédica: Sanciones

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 75 de la Ley de Investigación Biomédica: Sanciones
    Palabras Clave Ley 14-2007, Derecho Administrativo, Derecho Canónico, Derecho Civil, Derecho Internacional Público, Derecho Mercantil, Derecho Político, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal Civil, Derechos Reales, Economía, Hechos, Actor, As, Beneficiado, Beneficio, Civil, Doble, Gobierno, Hecho, Leyes, Multa, Precios, Riesgo, Sanciones
    Descripción LEY. Esta entrada hace referencia a al Art. 75 de la Ley de Investigación Biomédica: Sanciones y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Antonio Castillo
    Fecha Disposición 3-7-2007
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-75-de-la-ley-14-2007
    Fuente BOE y otras
    Órgano Jefatura Del Estado
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 75: Sanciones
    Materia Ley de Investigación biomédica – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Ley 14-2007
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 75 de la Ley de Investigación Biomédica: Sanciones Completado
    Dominio leyes.org.es


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