Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Art. 87: Procesos de Designación de los Miembros de los Organismos Económicos y Sociales

Art. 87 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Procesos de Designación de los Miembros de los Organismos Económicos y Sociales

Art. 87 de la Ley Orgánica 2/2007: Procesos de Designación de los Miembros de los Organismos Económicos y Sociales

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1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 87 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Procesos de Designación de los Miembros de los Organismos Económicos y Sociales

2.- Art. 87 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Procesos de Designación de los Miembros de los Organismos Económicos y Sociales

Párrafo 1 del Artículo 87 de la Ley Orgánica 2/2007

1. La participación de la Comunidad Autónoma de Andalucía en los procesos de designación de los miembros de los órganos e instituciones del Estado de carácter económico y social que se señalan a continuación se llevará a cabo en los términos que establezcan la Constitución y la legislación estatal aplicable:

  • 1.º El Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, y los organismos que eventualmente les sustituyan, y los demás organismos estatales que ejerzan funciones de autoridad reguladora sobre materias de relevancia económica y social relacionadas con las competencias de la Comunidad Autónoma.
  • 2.º Organismos económicos y energéticos, las instituciones financieras y las empresas públicas del Estado cuya competencia se extienda al territorio de Andalucía y que no sean objeto de traspaso.
  • 3.º El Tribunal de Cuentas, el Consejo Económico y Social, la Agencia Tributaria, la Comisión Nacional de Energía, la Agencia Española de Protección de Datos, el Consejo de Radio y Televisión, los organismos que eventualmente les sustituyan y los que se creen en estos ámbitos.

Párrafo 2 del Artículo 87 de la Ley Orgánica 2/2007

2. La participación en las designaciones a que se refieren los apartados anteriores corresponde al Parlamento, o bien con su acuerdo, en los términos establecidos por ley.

Párrafo 3 del Artículo 87 de la Ley Orgánica 2/2007

3. La Junta de Andalucía, si la naturaleza del ente lo requiere y su sede principal no está en Andalucía, podrá solicitar al Estado la creación de delegaciones territoriales de los organismos a que se refiere el apartado 1.1.º.

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 87 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Procesos de Designación de los Miembros de los Organismos Económicos y Sociales

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 87 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Procesos de Designación de los Miembros de los Organismos Económicos y Sociales

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 87 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Procesos de Designación de los Miembros de los Organismos Económicos y Sociales.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 87 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Procesos de Designación de los Miembros de los Organismos Económicos y Sociales

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 87 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Procesos de Designación de los Miembros de los Organismos Económicos y Sociales en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 87 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Procesos de Designación de los Miembros de los Organismos Económicos y Sociales.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 87 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Procesos de Designación de los Miembros de los Organismos Económicos y Sociales.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 87 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Procesos de Designación de los Miembros de los Organismos Económicos y Sociales


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Art. 87 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Procesos de Designación de los Miembros de los Organismos Económicos y Sociales

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 87 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Procesos de Designación de los Miembros de los Organismos Económicos y Sociales
    Palabras Clave Ley Orgánica 2/2007, Contratos Civiles, Derecho Administrativo, Derecho Constitucional, Derecho Internacional Público, Derecho Mercantil, Derecho Político, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal, Derechos Reales, Filosofía del Derecho, Acuerdo, Administrativo, Autoridad, Cabo, Comunidad, Cuentas, Empresas, Estado, Estatuto, Instituciones, Mercado de Valores, Naturaleza, Objeto, Parlamento, Procesos, Reforma, Telecomunicaciones, Territorio, Traspaso
    Descripción LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 87 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Procesos de Designación de los Miembros de los Organismos Económicos y Sociales y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Manuel Ríos
    Fecha Disposición 19-3-2007
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-87-de-la-ley-organica-2-2007
    Fuente , Boletin Oficial De La Junta De Andalucia
    Órgano Jefatura Del Estado
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 87: Procesos de Designación de los Miembros de los Organismos Económicos y Sociales
    Materia Ley Orgánica de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Ley Orgánica 2/2007
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 87 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Procesos de Designación de los Miembros de los Organismos Económicos y Sociales Completado
    Dominio leyes.org.es


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