Ley sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida, Art. 9: Premoriencia del Marido

Art. 9 de la Ley sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida: Premoriencia del Marido

Art. 9 de la Ley 14-2006: Premoriencia del Marido

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1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 9 de la Ley sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida: Premoriencia del Marido

2.- Art. 9 de la Ley sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida: Premoriencia del Marido

Párrafo 1 del Artículo 9 de la Ley 14-2006

1. No podrá determinarse legalmente la filiación ni reconocerse efecto o relación jurídica alguna entre el hijo nacido por la aplicación de las técnicas reguladas en esta Ley y el marido fallecido cuando el material reproductor de éste no se halle en el útero de la mujer en la fecha de la muerte del varón.

Párrafo 2 del Artículo 9 de la Ley 14-2006

2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el marido podrá prestar su consentimiento, en el documento a que se hace referencia en el artículo 6.3, en escritura pública, en testamento o documento de instrucciones previas, para que su material reproductor pueda ser utilizado en los 12 meses siguientes a su fallecimiento para fecundar a su mujer. Tal generación producirá los efectos legales que se derivan de la filiación matrimonial. El consentimiento para la aplicación de las técnicas en dichas circunstancias podrá ser revocado en cualquier momento anterior a la realización de aquéllas.

Se presume otorgado el consentimiento a que se refiere el párrafo anterior cuando el cónyuge supérstite hubiera estado sometido a un proceso de reproducción asistida ya iniciado para la transferencia de preembriones constituidos con anterioridad al fallecimiento del marido.

Párrafo 3 del Artículo 9 de la Ley 14-2006

3. El varón no unido por vínculo matrimonial podrá hacer uso de la posibilidad prevista en el apartado anterior; dicho consentimiento servirá como título para iniciar el expediente del artículo 49 de la Ley del Registro Civil, sin perjuicio de la acción judicial de reclamación de paternidad.

Enlaces a legislación relacionada con Art. 9 de la Ley sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida: Premoriencia del Marido

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 9 de la Ley sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida: Premoriencia del Marido

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 9 de la Ley sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida: Premoriencia del Marido

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 9 de la Ley sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida: Premoriencia del Marido.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 9 de la Ley sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida: Premoriencia del Marido

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 9 de la Ley sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida: Premoriencia del Marido en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 9 de la Ley sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida: Premoriencia del Marido.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 9 de la Ley sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida: Premoriencia del Marido.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 9 de la Ley sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida: Premoriencia del Marido


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Art. 9 de la Ley sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida: Premoriencia del Marido

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 9 de la Ley sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida: Premoriencia del Marido
    Palabras Clave Ley 14-2006, Contratos Civiles, Delitos, Derecho Mercantil, Derecho Político, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal General, Derecho en General, Familia y Tutela, Filosofía del Derecho, Hechos y Actos Jurídicos Civiles, Persona, Privilegios, Sucesiones, Civil, Administrativo, As, Consentimiento, Efecto, Estado, Fallecimiento, Fecha, Ley del Registro Civil, Marido, Meses, Muerte, Mujer, Paternidad, Premoriencia, Proceso, Testamento, Transferencia
    Descripción LEY. Esta entrada hace referencia a al Art. 9 de la Ley sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida: Premoriencia del Marido y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Pablo Cabrera
    Fecha Disposición 26-5-2006
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-9-de-la-ley-14-2006
    Fuente BOE y otras
    Órgano Jefatura Del Estado
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 9: Premoriencia del Marido
    Materia Ley sobre técnicas de reproducción humana asistida – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Ley 14-2006
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 9 de la Ley sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida: Premoriencia del Marido Completado
    Dominio leyes.org.es


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