Art. 9 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: la Condición Política de los Isleños
Art. 9 de la Ley Orgánica 1/2007: la Condición Política de los Isleños
1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 9 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: la Condición Política de los Isleños
- Versión Actual, en vigor desde 18 de Julio de 2010
- Más información sobre la versión actual del Art. 9 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: la Condición Política de los Isleños
2.- Art. 9 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: la Condición Política de los Isleños
Párrafo 1 del Artículo 9 de la Ley Orgánica 1/2007
1. A los efectos de este Estatuto, tienen la condición política de ciudadanos de la Comunidad Autónoma los españoles que, de acuerdo con las leyes generales del Estado, tengan vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de las ILles Balears.
Párrafo 2 del Artículo 9 de la Ley Orgánica 1/2007
2. Gozan de los derechos políticos definidos en este Estatuto los ciudadanos españoles residentes en el extranjero que hayan tenido su última vecindad administrativa en las ILles Balears y acrediten esta condición en el correspondiente consulado de España. Gozan también de estos derechos sus descendientes inscritos como españoles, si lo solicitan, en la forma que determine la ley del Estado.
Párrafo 3 del Artículo 9 de la Ley Orgánica 1/2007
3. Los extranjeros que, teniendo vecindad en cualquiera de los municipios de las ILles Balears, adquieran la nacionalidad española quedan sujetos al Derecho Civil de las ILles Balears excepto en el caso en que manifiesten su voluntad en sentido contrario.
3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 9 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: la Condición Política de los Isleños
3.1.- Concordancias con otros Preceptos
3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 9 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: la Condición Política de los Isleños
En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 9 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: la Condición Política de los Isleños.
En general:
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3.3.- Notas de Doctrina
3.4.- Más Información
- Vínculo Permanente (URI): https://leyes.org.es/art-9-de-la-ley-organica-1-2007
- Anotaciones: el equipo editorial puede haber aplicado cambios en el texto de este repositorio sobre el Art. 9 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: la Condición Política de los Isleños debidos a las modificaciones incorporadas por la legislación subsiguiente. Cambios que el equipo no ha aplicado al texto del Art. 9 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: la Condición Política de los Isleños pueden encontrarse en «Cambios Legislativos». Más sobre Anotaciones.
- Ayuda sobre las Disposiciones que no están en vigor.
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3.5.- Más Documentos
Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 9 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: la Condición Política de los Isleños en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:
- El texto original tal como fue redactado o su publicación (en ocasiones, en PDF)
- Listas de cambios realizados por o que afectan al Art. 9 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: la Condición Política de los Isleños
- Detalles de enmiendas del Art. 9 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: la Condición Política de los Isleños y otras
- Notas de correcciones del Art. 9 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: la Condición Política de los Isleños y otras
- Bibliografía relacionada con el Art. 9 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: la Condición Política de los Isleños
- Servicio de Tabla de Contenido
3.6.- Documentos Asociados
No hay documentos asociados al Art. 9 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: la Condición Política de los Isleños.
3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas
En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 9 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: la Condición Política de los Isleños.
3.8.- Notas de Encabezamiento
4.-Cambios Legislativos al Art. 9 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: la Condición Política de los Isleños
Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.
4.1- Lista de los cambios Legislativos
5.- Ficha de Metadatos DC:
Título | Art. 9 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: la Condición Política de los Isleños |
Palabras Clave | Ley Orgánica 1/2007, Contratos Civiles, Derecho Administrativo, Derecho Administrativo Local, Derecho Civil, Derecho Internacional Público, Derecho Político, Derecho Procesal, Derechos Reales, Acuerdo, Administrativo, Comunidad, Descendientes, Estado, Estatuto, Extranjero, Extranjeros, Forma, Leyes, Municipios, Nacionalidad, Reforma, Residentes |
Descripción | LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 9 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: la Condición Política de los Isleños y Comentarios sobre dicho artículo. |
Editor | Lawi Project |
Colaborador | Clara Ojeda |
Fecha Disposición | 28-2-2007 |
Tipo | Text.ley |
Formato | Text/HTML |
Identificador (URI) | htp://leyes.org.es/art-9-de-la-ley-organica-1-2007 |
Fuente | , Boletin Oficial De Las Illes Balears |
Órgano | Jefatura Del Estado |
Lenguaje | Español |
Cobertura | España |
Derechos | Creative Commons, Otras Restricciones |
Resumen | Artículo 9: La Condición Política de los Isleños |
Materia | Estatuto de Autonomía de las Illes Balears – Legislación – España |
Audiencia | Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General |
Referencias | Ley Orgánica 1/2007 |
Citación Bibliográfica | Ver «Puede Citar esta Entrada» |
Categoría ISO | Derecho – Legislación |
Estatus del Dato | Art. 9 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: la Condición Política de los Isleños Completado |
Dominio | leyes.org.es |