Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados, Art. 9: el Contrato en Prácticas

Art. 9 del Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados: el Contrato en Prácticas

Art. 9 del Real Decreto 1331/2006: el Contrato en Prácticas

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1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 9 del Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados: el Contrato en Prácticas

2.- Art. 9 del Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados: el Contrato en Prácticas

Párrafo 1 del Artículo 9 del Real Decreto 1331/2006

1. Podrán celebrarse contratos de trabajo en prácticas con quienes estando habilitados para ejercer la profesión de abogado deseen iniciarse en el ejercicio profesional de la abogacía y adquirir el aprendizaje práctico de dicha profesión, colaborando o participando para ello en la actividad profesional del despacho.

Párrafo 2 del Artículo 9 del Real Decreto 1331/2006

2. Las condiciones en que habrán de realizarse los indicados contratos en prácticas serán las previstas en el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores, con las siguientes peculiaridades:

  • a) El plazo de cuatro años a que se refiere el citado precepto legal se empezará a contar desde la fecha en que se hubiera obtenido el título que habilite para el ejercicio de la profesión de abogado.
  • b) La actividad laboral que el trabajador desarrolle en el despacho deberá permitir adquirir el aprendizaje práctico de la profesión de abogado.
  • c) Al trabajador se le asignará como tutor de las prácticas que realice a un abogado del despacho, que deberá tener más de 5 años de antigüedad en el ejercicio de la profesión.
  • d) El trabajador tendrá derecho a adaptar su jornada y horario de trabajo para asistir a actividades formativas externas que tengan la misma finalidad, en los términos previstos en el convenio colectivo o en el contrato de trabajo.
  • e) Si el trabajador continúa prestando servicios después de agotar la duración máxima del contrato, éste se transformará en indefinido y se seguirá rigiendo por lo dispuesto en este real decreto.

Párrafo 3 del Artículo 9 del Real Decreto 1331/2006

3. En todo caso, no podrá celebrarse el contrato en prácticas a que se refieren los apartados anteriores:

  • a) Con quienes hubieran estado vinculados con el mismo u otro despacho con otro contrato de trabajo en prácticas que haya agotado su duración máxima.
  • b) Con quienes hubieran estado vinculados con el mismo u otro despacho con el contrato de trabajo que se regula en este real decreto, por un período superior a dos años.
  • c) Con quienes hubieran ejercido con anterioridad la profesión de abogado por cuenta propia o en virtud de un contrato suscrito con empresas o entidades, públicas o privadas, que no tengan el carácter de despachos, por un período superior a dos años.

Párrafo 4 del Artículo 9 del Real Decreto 1331/2006

4. El titular del despacho en que se hubieran realizado las prácticas a que se refiere este artículo, deberá entregar al trabajador a la finalización del contrato un certificado en el que conste la naturaleza de las actividades realizadas, el grado de prácticas alcanzado y la duración de las prácticas.

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 9 del Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados: el Contrato en Prácticas

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 9 del Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados: el Contrato en Prácticas

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 9 del Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados: el Contrato en Prácticas.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 9 del Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados: el Contrato en Prácticas

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 9 del Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados: el Contrato en Prácticas en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 9 del Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados: el Contrato en Prácticas.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 9 del Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados: el Contrato en Prácticas.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 9 del Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados: el Contrato en Prácticas


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en el Art. 9 del Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados: el Contrato en Prácticas

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 9 del Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados: el Contrato en Prácticas
    Palabras Clave Real Decreto 1331/2006, Contratos Civiles, Derecho Administrativo, Derecho Canónico, Derecho Comercial, Derecho Internacional Público, Derecho Internacional Privado, Derecho Laboral, Derecho Militar, Derecho Político, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal General, Derecho del Trabajo Individual, Derecho en General, Filosofía del Derecho, Profesiones Jurídicas, Abogados, As, Condiciones, Contrato, Contrato de trabajo, Contratos, Convenio, Decreto, Despachos, Empresas, Entidades, Estado, Estatuto, Fecha, Finalidad, Horario, Jornada, Laboral, Naturaleza, Precepto, Servicios, Superior, Trabajador, Trabajadores, Trabajo
    Descripción REAL DECRETO. Esta entrada hace referencia a al Art. 9 del Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados: el Contrato en Prácticas y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador José Benítez
    Fecha Disposición 17-11-2006
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-9-del-real-decreto-1331-2006
    Fuente BOE y otras
    Órgano Ministerio De La Presidencia
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 9: El Contrato en Prácticas
    Materia Real Decreto sobre la relación laboral de carácter especial de los abogados – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Real Decreto 1331/2006
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 9 del Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados: el Contrato en Prácticas Completado
    Dominio leyes.org.es


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