Primera del Estatuto de Autonomía para Cantabria
Primera de la Ley Orgánica 8/1981
1.- Texto completo de la versión consolidada del Primera del Estatuto de Autonomía para Cantabria
- Versión Actual, en vigor desde 18 de Julio de 2010
- Más información sobre la versión actual del Primera del Estatuto de Autonomía para Cantabria
2.- Primera del Estatuto de Autonomía para Cantabria
Las primeras elecciones a la Asamblea Regional de Cantabria se realizarán entre el 1 de febrero y el 31 de mayo de 1983, por sufragio universal, igual, libre, directo y secreto, de los mayores de 18 años, según el sistema de D’Hont, en base a los siguientes criterios:
- a) La Asamblea constará de 35 miembros.
- b) No serán tenidas en cuenta aquellas listas que no hubiesen obtenido por lo menos el cinco por ciento de los votos válidos emitidos en toda la Comunidad Autónoma.
La Junta Electoral Provincial tendrá, dentro de los límites de su jurisdicción, la totalidad de las competencias atribuidas a la Junta Central. Para los recursos que no tuvieran por objeto las impugnaciones de la validez de la elección y proclamación de los miembros electos, será competente la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Burgos. Contra las resoluciones de la misma no cabrá recurso alguno.
En todo lo no previsto por la presente disposición transitoria, serán de aplicación las normas vigentes para las elecciones legislativas al Congreso de los Diputados de las Cortes Generales.
3.- Investigación Jurídica sobre el Primera del Estatuto de Autonomía para Cantabria
3.1.- Concordancias con otros Preceptos
3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Primera del Estatuto de Autonomía para Cantabria
En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Primera del Estatuto de Autonomía para Cantabria.
En general:
- Búsqueda de Jurisprudencia relacionada con el Primera del Estatuto de Autonomía para Cantabria
- Búsqueda de Datos sobre el Primera del Estatuto de Autonomía para Cantabria
- Notas de Jurisprudencia relacionada con el Primera del Estatuto de Autonomía para Cantabria
Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Primera del Estatuto de Autonomía para Cantabria
3.3.- Notas de Doctrina
3.4.- Más Información
- Vínculo Permanente (URI): https://leyes.org.es/primera-de-la-ley-organica-8-1981
- Anotaciones: el equipo editorial puede haber aplicado cambios en el texto de este repositorio sobre el Primera del Estatuto de Autonomía para Cantabria debidos a las modificaciones incorporadas por la legislación subsiguiente. Cambios que el equipo no ha aplicado al texto del Primera del Estatuto de Autonomía para Cantabria pueden encontrarse en «Cambios Legislativos». Más sobre Anotaciones.
- Ayuda sobre las Disposiciones que no están en vigor.
- Búsqueda de Primera del Estatuto de Autonomía para Cantabria en el Diccionario Jurídico
- Búsqueda de Primera del Estatuto de Autonomía para Cantabria en la Enciclopedia Jurídica española
- Búsqueda de libros jurídicos relacionados con el Primera del Estatuto de Autonomía para Cantabria
- Búsqueda de voces relacionadas con el Primera del Estatuto de Autonomía para Cantabria en el Tesauro Jurídico
- Búsqueda de índices relacionados con el Primera del Estatuto de Autonomía para Cantabria
- Búsqueda de respuestas jurídicas relacionadas con el Primera del Estatuto de Autonomía para Cantabria
3.5.- Más Documentos
Acceda a documentación e información esencial referente al Primera del Estatuto de Autonomía para Cantabria en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:
- El texto original tal como fue redactado o su publicación (en ocasiones, en PDF)
- Listas de cambios realizados por o que afectan al Primera del Estatuto de Autonomía para Cantabria
- Detalles de enmiendas del Primera del Estatuto de Autonomía para Cantabria y otras
- Notas de correcciones del Primera del Estatuto de Autonomía para Cantabria y otras
- Bibliografía relacionada con el Primera del Estatuto de Autonomía para Cantabria
- Servicio de Tabla de Contenido
3.6.- Documentos Asociados
No hay documentos asociados al Primera del Estatuto de Autonomía para Cantabria.
3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas
En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Primera del Estatuto de Autonomía para Cantabria.
3.8.- Notas de Encabezamiento
4.-Cambios Legislativos al Primera del Estatuto de Autonomía para Cantabria
Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.
4.1- Lista de los cambios Legislativos
Textos completos, anteriores a la redacción actual vigente, disponibles del Primera del Estatuto de Autonomía para Cantabria
Versión 1. VIgente desde 03/07/2002 hasta 18/07/2010
No se realizaron cambios en esta versión del Primera de la Ley Orgánica 8/1981
Versión 1. VIgente desde 03/07/2002 hasta 18/07/2010
Las primeras elecciones a la Asamblea Regional de Cantabria se realizarán entre el 1 de febrero y el 31 de mayo de 1983, por sufragio universal, igual, libre, directo y secreto, de los mayores de 18 años, según el sistema de D’Hont, en base a los siguientes criterios:
- a) La Asamblea constará de 35 miembros.
- b) No serán tenidas en cuenta aquellas listas que no hubiesen obtenido por lo menos el cinco por ciento de los votos válidos emitidos en toda la Comunidad Autónoma.
La Junta Electoral Provincial tendrá, dentro de los límites de su jurisdicción, la totalidad de las competencias atribuidas a la Junta Central. Para los recursos que no tuvieran por objeto las impugnaciones de la validez de la elección y proclamación de los miembros electos, será competente la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Burgos. Contra las resoluciones de la misma no cabrá recurso alguno.
En todo lo no previsto por la presente disposición transitoria, serán de aplicación las normas vigentes para las elecciones legislativas al Congreso de los Diputados de las Cortes Generales.
Versión Inicial. VIgente desde 06/08/1997 hasta 03/07/2002
Las primeras elecciones a la Asamblea Regional de Cantabria se realizarán entre el 1 de febrero y el 31 de mayo de 1983, por sufragio universal, igual, libre, directo y secreto, de los mayores de 18 años, según el sistema de D’Hont, en base a los siguientes criterios:
- a) La Asamblea constará de 35 miembros.
- b) No serán tenidas en cuenta aquellas listas que no hubiesen obtenido por lo menos el cinco por ciento de los votos válidos emitidos en toda la Comunidad Autónoma.
La Junta Electoral Provincial tendrá, dentro de los límites de su jurisdicción, la totalidad de las competencias atribuidas a la Junta Central. Para los recursos que no tuvieran por objeto las impugnaciones de la validez de la elección y proclamación de los miembros electos, será competente la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Burgos. Contra las resoluciones de la misma no cabrá recurso alguno.
En todo lo no previsto por la presente disposición transitoria, serán de aplicación las normas vigentes para las elecciones legislativas al Congreso de los Diputados de las Cortes Generales.
Versión Inicial. VIgente desde 06/08/1997 hasta 03/07/2002
Las primeras elecciones a la Asamblea Regional de Cantabria se realizarán entre el 1 de febrero y el 31 de mayo de 1983, por sufragio universal, igual, libre, directo y secreto, de los mayores de 18 años, según el sistema de D’Hont, en base a los siguientes criterios:
- a) La Asamblea constará de 35 miembros.
- b) No serán tenidas en cuenta aquellas listas que no hubiesen obtenido por lo menos el cinco por ciento de los votos válidos emitidos en toda la Comunidad Autónoma.
La Junta Electoral Provincial tendrá, dentro de los límites de su jurisdicción, la totalidad de las competencias atribuidas a la Junta Central. Para los recursos que no tuvieran por objeto las impugnaciones de la validez de la elección y proclamación de los miembros electos, será competente la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Burgos. Contra las resoluciones de la misma no cabrá recurso alguno.
En todo lo no previsto por la presente disposición transitoria, serán de aplicación las normas vigentes para las elecciones legislativas al Congreso de los Diputados de las Cortes Generales.
5.- Ficha de Metadatos DC:
Título | Primera del Estatuto de Autonomía para Cantabria |
Palabras Clave | Ley Orgánica 8/1981, Derecho Administrativo, Derecho Administrativo Local, Derecho Canónico, Derecho Constitucional, Derecho Hipotecario, Derecho Político, Derecho Procesal, Derecho Procesal General, Derechos Reales, Filosofía del Derecho, Civil, Medio Ambiente, Administrativo, Audiencia, Burgos, Comunidad, Congreso, Cortes, Elecciones, Estatuto, Impugnaciones, Junta electoral, Normas, Objeto, Recursos, Resoluciones, Sala, Secreto, Sistema, Sufragio Universal |
Descripción | LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Primera del Estatuto de Autonomía para Cantabria y Comentarios sobre dicho artículo. |
Editor | Lawi Project |
Colaborador | Martín Rojas |
Fecha Disposición | 30-12-1981 |
Tipo | Text.ley |
Formato | Text/HTML |
Identificador (URI) | htp://leyes.org.es/primera-de-la-ley-organica-8-1981 |
Fuente | BOE y otras |
Órgano | Jefatura Del Estado |
Lenguaje | Español |
Cobertura | España |
Derechos | Creative Commons, Otras Restricciones |
Resumen | Primera |
Materia | Estatuto de Autonomía para Cantabria – Legislación – España |
Audiencia | Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General |
Referencias | Ley Orgánica 8/1981 |
Citación Bibliográfica | Ver «Puede Citar esta Entrada» |
Categoría ISO | Derecho – Legislación |
Estatus del Dato | Primera del Estatuto de Autonomía para Cantabria Completado |
Dominio | leyes.org.es |