Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local
Quinta de la Ley Orgánica 2/1986: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local
1.- Texto completo de la versión consolidada del Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local
- Versión Actual, en vigor desde 22 de Enero de 2013
- Más información sobre la versión actual del Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local
2.- Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local
En los supuestos en los que dos o más municipios limítrofes, pertenecientes a una misma Comunidad Autónoma, no dispongan separadamente de recursos suficientes para la prestación de los servicios de policía local, podrán asociarse para la ejecución de las funciones asignadas a dichas policías en esta Ley.
En todo caso, el acuerdo de colaboración para la prestación de servicios por los Cuerpos de Policía Local dependientes de los respectivos municipios respetará las condiciones que se determinen por el Ministerio del Interior y contará con la autorización de éste o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente con arreglo a lo que disponga su respectivo Estatuto de Autonomía.
Disposición adicional quinta introducida por el artículo único de la L.O. 16/2007, de 13 de diciembre, complementaria de la Ley para el desarrollo sostenible del medio rural («B.O.E.» 14 diciembre). Vigencia: 3 enero 2008
Enlaces a legislación relacionada con Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local
- Ley Orgánica 16/2007, de 13 de diciembre, complementaria de la Ley para el desarrollo sostenible del medio rural.
- Ley Orgánica 4/2011, de 11 de marzo, complementaria de la Ley de Economía Sostenible, por la que se modifican las Leyes Orgánicas 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
- Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para el País Vasco.
- Ley Orgánica 4/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía de Cataluña (Vigente hasta el 09 de Agosto de 2006).
- Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de reintegración y amejoramiento del Régimen Foral de Navarra.
- Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las Comunidades Autónomas.
3.- Investigación Jurídica sobre el Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local
3.1.- Concordancias con otros Preceptos
3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local
En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local.
En general:
- Búsqueda de Jurisprudencia relacionada con el Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local
- Búsqueda de Datos sobre el Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local
- Notas de Jurisprudencia relacionada con el Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local
Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local
3.3.- Notas de Doctrina
3.4.- Más Información
- Vínculo Permanente (URI): https://leyes.org.es/quinta-de-la-ley-organica-2-1986
- Anotaciones: el equipo editorial puede haber aplicado cambios en el texto de este repositorio sobre el Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local debidos a las modificaciones incorporadas por la legislación subsiguiente. Cambios que el equipo no ha aplicado al texto del Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local pueden encontrarse en «Cambios Legislativos». Más sobre Anotaciones.
- Ayuda sobre las Disposiciones que no están en vigor.
- Búsqueda de Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local en el Diccionario Jurídico
- Búsqueda de Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local en la Enciclopedia Jurídica española
- Búsqueda de libros jurídicos relacionados con el Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local
- Búsqueda de voces relacionadas con el Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local en el Tesauro Jurídico
- Búsqueda de índices relacionados con el Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local
- Búsqueda de respuestas jurídicas relacionadas con el Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local
3.5.- Más Documentos
Acceda a documentación e información esencial referente al Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:
- El texto original tal como fue redactado o su publicación (en ocasiones, en PDF)
- Listas de cambios realizados por o que afectan al Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local
- Detalles de enmiendas del Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local y otras
- Notas de correcciones del Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local y otras
- Bibliografía relacionada con el Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local
- Servicio de Tabla de Contenido
3.6.- Documentos Asociados
No hay documentos asociados al Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local.
3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas
En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local.
3.8.- Notas de Encabezamiento
4.-Cambios Legislativos al Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local
Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.
4.1- Lista de los cambios Legislativos
Textos completos, anteriores a la redacción actual vigente, disponibles del Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local
Versión 6. VIgente desde 13/03/2011 hasta 22/12/2013
No se realizaron cambios en esta versión del Quinta de la Ley Orgánica 2/1986
Versión 6. VIgente desde 13/03/2011 hasta 22/12/2013
Tienen el carácter de Ley Orgánica los preceptos que se contienen en los títulos I, III, IV, V y el título II, salvo los artículos 10, 11.2 a 6, 12.1, y 17 del mismo, las disposiciones adicionales segunda, tercera y las disposiciones finales.
Versión 5. VIgente desde 10/06/2010 hasta 13/03/2011
En los supuestos en los que dos o más municipios limítrofes, pertenecientes a una misma Comunidad Autónoma, no dispongan separadamente de recursos suficientes para la prestación de los servicios de policía local, podrán asociarse para la ejecución de las funciones asignadas a dichas policías en esta Ley.
En todo caso, el acuerdo de colaboración para la prestación de servicios por los Cuerpos de Policía Local dependientes de los respectivos municipios respetará las condiciones que se determinen por el Ministerio del Interior y contará con la autorización de éste o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente con arreglo a lo que disponga su respectivo Estatuto de Autonomía.
Disposición adicional quinta introducida por el artículo único de la L.O. 16/2007, de 13 de diciembre, complementaria de la Ley para el desarrollo sostenible del medio rural («B.O.E.» 14 diciembre) .Vigencia: 3 enero 2008
Versión 5. VIgente desde 10/06/2010 hasta 13/03/2011
Tienen el carácter de Ley Orgánica los preceptos que se contienen en los títulos I, III, IV, V y el título II, salvo los artículos 10, 11.2 a 6, 12.1, y 17 del mismo, las disposiciones adicionales segunda, tercera y las disposiciones finales.
Versión 4. VIgente desde 23/01/2008 hasta 10/06/2010
En los supuestos en los que dos o más municipios limítrofes, pertenecientes a una misma Comunidad Autónoma, no dispongan separadamente de recursos suficientes para la prestación de los servicios de policía local, podrán asociarse para la ejecución de las funciones asignadas a dichas policías en esta Ley.
En todo caso, el acuerdo de colaboración para la prestación de servicios por los Cuerpos de Policía Local dependientes de los respectivos municipios respetará las condiciones que se determinen por el Ministerio del Interior y contará con la autorización de éste o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente con arreglo a lo que disponga su respectivo Estatuto de Autonomía.
Disposición adicional quinta introducida por el artículo único de la L.O. 16/2007, de 13 de diciembre, complementaria de la Ley para el desarrollo sostenible del medio rural («B.O.E.» 14 diciembre) .Vigencia: 3 enero 2008
A partir de: 10 junio 2010 Disposición adicional introducida por la disposición final primera de la L.O. 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía («B.O.E.» 21 mayo) .A partir de: 13 marzo 2011 Disposición adicional séptima introducida por el número dos de la disposición final segunda de la L.O. 4/2011, de 11 de marzo, complementaria de la Ley de Economía Sostenible, por la que se modifican las Leyes Orgánicas 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial («B.O.E.» 12 marzo) .
Versión 4. VIgente desde 23/01/2008 hasta 10/06/2010
Tienen el carácter de Ley Orgánica los preceptos que se contienen en los títulos I, III, IV, V y el título II, salvo los artículos 10, 11.2 a 6, 12.1, y 17 del mismo, las disposiciones adicionales segunda, tercera y las disposiciones finales.
Versión 3. VIgente desde 03/01/2008 hasta 23/01/2008
Colaboración para la prestación de servicios de policía local
En los supuestos en los que dos o más municipios limítrofes, pertenecientes a una misma Comunidad Autónoma, no dispongan separadamente de recursos suficientes para la prestación de los servicios de policía local, podrán asociarse para la ejecución de las funciones asignadas a dichas policías en esta Ley.
En todo caso, el acuerdo de colaboración para la prestación de servicios por los Cuerpos de Policía Local dependientes de los respectivos municipios respetará las condiciones que se determinen por el Ministerio del Interior y contará con la autorización de éste o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente con arreglo a lo que disponga su respectivo Estatuto de Autonomía.
Disposición adicional quinta introducida por el artículo único de la L.O. 16/2007, de 13 de diciembre, complementaria de la Ley para el desarrollo sostenible del medio rural («B.O.E.» 14 diciembre) .Vigencia: 3 enero 2008
A partir de: 10 junio 2010 Disposición adicional introducida por la disposición final primera de la L.O. 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía («B.O.E.» 21 mayo) .A partir de: 13 marzo 2011 Disposición adicional séptima introducida por el número dos de la disposición final segunda de la L.O. 4/2011, de 11 de marzo, complementaria de la Ley de Economía Sostenible, por la que se modifican las Leyes Orgánicas 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial («B.O.E.» 12 marzo) .
Versión 3. VIgente desde 03/01/2008 hasta 23/01/2008
Tienen el carácter de Ley Orgánica los preceptos que se contienen en los títulos I, III, IV, V y el título II, salvo los artículos 10, 11.2 a 6, 12.1, y 17 del mismo, las disposiciones adicionales segunda, tercera y las disposiciones finales.
Versión 2. VIgente desde 15/01/2004 hasta 03/01/2008
No se realizaron cambios en esta versión del Quinta de la Ley Orgánica 2/1986
Versión 1. VIgente desde 12/03/2003 hasta 15/01/2004
No se realizaron cambios en esta versión del Quinta de la Ley Orgánica 2/1986
Versión Inicial. VIgente desde 20/10/1994 hasta 12/03/2003
Tienen el carácter de Ley Orgánica los preceptos que se contienen en los títulos I, III, IV, V y el título II, salvo los artículos 10, 11.2 a 6, 12.1, y 17 del mismo, las disposiciones adicionales segunda, tercera y las disposiciones finales.
5.- Ficha de Metadatos DC:
Título | Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local |
Palabras Clave | Ley Orgánica 2/1986, Contratos Civiles, Derecho Administrativo, Derecho Administrativo Local, Derecho Hipotecario, Derecho Internacional Público, Derecho Político, Derechos Reales, Filosofía del Derecho, Penal, Acuerdo, Administrativo, Comunidad, Condiciones, Dependientes, Estatuto, Ministerio del Interior, Municipios, Recursos, Seguridad, Servicios |
Descripción | LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local y Comentarios sobre dicho artículo. |
Editor | Lawi Project |
Colaborador | Felipe Ruiz |
Fecha Disposición | 13-3-1986 |
Tipo | Text.ley |
Formato | Text/HTML |
Identificador (URI) | htp://leyes.org.es/quinta-de-la-ley-organica-2-1986 |
Fuente | BOE y otras |
Órgano | Jefatura Del Estado |
Lenguaje | Español |
Cobertura | España |
Derechos | Creative Commons, Otras Restricciones |
Resumen | Quinta: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local |
Materia | Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad – Legislación – España |
Audiencia | Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General |
Referencias | Ley Orgánica 2/1986 |
Citación Bibliográfica | Ver «Puede Citar esta Entrada» |
Categoría ISO | Derecho – Legislación |
Estatus del Dato | Quinta de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Colaboración para la Prestación de Servicios de Policía Local Completado |
Dominio | leyes.org.es |