Ley sobre Colegios Profesionales: Segunda

Segunda de la Ley sobre Colegios Profesionales

Segunda de la Ley 2-1974

1.- Texto completo de la versión consolidada del Segunda de la Ley sobre Colegios Profesionales

2.- Segunda de la Ley sobre Colegios Profesionales

Los Estatutos, generales o particulares, los reglamentos de régimen interior y demás normas de los Colegios de Notarios, Corredores de Comercio y Registradores de la Propiedad y Mercantiles se adaptarán a lo establecido en la presente Ley, en cuanto no se oponga a las peculiaridades exigidas por la función pública que ejerzan sus miembros. En todo caso, les será de aplicación lo dispuesto en los artículos 2.1 y 2.4 de la presente Ley.

Disposición adicional 2.ª redactada por R.D.-Ley 6/1999, 16 abril, de Medidas Urgentes de Liberalización e Incremento de la Competencia («B.O.E.» 17 abril).

Enlaces a legislación relacionada con Segunda de la Ley sobre Colegios Profesionales

3.- Investigación Jurídica sobre el Segunda de la Ley sobre Colegios Profesionales

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Segunda de la Ley sobre Colegios Profesionales

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Segunda de la Ley sobre Colegios Profesionales.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Segunda de la Ley sobre Colegios Profesionales

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Segunda de la Ley sobre Colegios Profesionales en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Segunda de la Ley sobre Colegios Profesionales.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Segunda de la Ley sobre Colegios Profesionales.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Segunda de la Ley sobre Colegios Profesionales


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

Textos completos, anteriores a la redacción actual vigente, disponibles del Segunda de la Ley sobre Colegios Profesionales

Versión 2. VIgente desde 27/12/2009 hasta 27/07/2012

No se realizaron cambios en esta versión del Segunda de la Ley 2-1974

Versión 2. VIgente desde 27/12/2009 hasta 27/07/2012

Los Estatutos, generales o particulares, los reglamentos de régimen interior y demás normas de los Colegios de Notarios, Corredores de Comercio y Registradores de la Propiedad y Mercantiles se adaptarán a lo establecido en la presente Ley, en cuanto no se oponga a las peculiaridades exigidas por la función pública que ejerzan sus miembros. En todo caso, les será de aplicación lo dispuesto en los artículos 2.1 y 2.4 de la presente Ley.

Disposición adicional 2.ª redactada por R.D.-Ley 6/1999, 16 abril, de Medidas Urgentes de Liberalización e Incremento de la Competencia («B.O.E.» 17 abril).

Versión 1. VIgente desde 25/06/2000 hasta 27/12/2009

Los Estatutos, generales o particulares, los reglamentos de régimen interior y demás normas de los Colegios de Notarios, Corredores de Comercio y Registradores de la Propiedad y Mercantiles se adaptarán a lo establecido en la presente Ley, en cuanto no se oponga a las peculiaridades exigidas por la función pública que ejerzan sus miembros. En todo caso, les será de aplicación lo dispuesto en los artículos 2.1 y 2.4 de la presente Ley.

Disposición adicional 2.ª redactada por R.D.-Ley 6/1999, 16 abril, de Medidas Urgentes de Liberalización e Incremento de la Competencia («B.O.E.» 17 abril).

Versión 1. VIgente desde 25/06/2000 hasta 27/12/2009

Los Estatutos, generales o particulares, los reglamentos de régimen interior y demás normas de los Colegios de Notarios, Corredores de Comercio y Registradores de la Propiedad y Mercantiles se adaptarán a lo establecido en la presente Ley, en cuanto no se oponga a las peculiaridades exigidas por la función pública que ejerzan sus miembros. En todo caso, les será de aplicación lo dispuesto en los artículos 2.1 y 2.4 de la presente Ley.

Disposición adicional 2.ª redactada por R.D.-Ley 6/1999, 16 abril, de Medidas Urgentes de Liberalización e Incremento de la Competencia («B.O.E.» 17 abril).

Versión Inicial. VIgente desde 18/04/1999 hasta 25/06/2000

Los Estatutos, generales o particulares, los reglamentos de régimen interior y demás normas de los Colegios de Notarios, Corredores de Comercio y Registradores de la Propiedad y Mercantiles se adaptarán a lo establecido en la presente Ley, en cuanto no se oponga a las peculiaridades exigidas por la función pública que ejerzan sus miembros. En todo caso, les será de aplicación lo dispuesto en los artículos 2.1 y 2.4 de la presente Ley.

Disposición adicional 2.ª redactada por R.D.-Ley 6/1999, 16 abril, de Medidas Urgentes de Liberalización e Incremento de la Competencia («B.O.E.» 17 abril).

Versión Inicial. VIgente desde 18/04/1999 hasta 25/06/2000

Los Estatutos, generales o particulares, los reglamentos de régimen interior y demás normas de los Colegios de Notarios, Corredores de Comercio y Registradores de la Propiedad y Mercantiles se adaptarán a lo establecido en la presente Ley, en cuanto no se oponga a las peculiaridades exigidas por la función pública que ejerzan sus miembros. En todo caso, les será de aplicación lo dispuesto en los artículos 2.1 y 2.4 de la presente Ley.

Disposición adicional 2.ª redactada por R.D.-Ley 6/1999, 16 abril, de Medidas Urgentes de Liberalización e Incremento de la Competencia («B.O.E.» 17 abril).


5.- Ficha de Metadatos DC:

Título Segunda de la Ley sobre Colegios Profesionales
Palabras Clave Ley 2-1974, Derecho Administrativo, Derecho Civil, Derecho Comercial, Derecho del Trabajo Individual, Civil, Administrativo, Colegios, Comercio, Corredores, Estatutos, Medidas, Normas, Notarios, Propiedad, Registradores
Descripción LEY. Esta entrada hace referencia a al Segunda de la Ley sobre Colegios Profesionales y Comentarios sobre dicho artículo.
Editor Lawi Project
Colaborador Emma Quiroga
Fecha Disposición 13-2-1974
Tipo Text.ley
Formato Text/HTML
Identificador (URI) htp://leyes.org.es/segunda-de-la-ley-2-1974
Fuente BOE y otras
Órgano Jefatura Del Estado
Lenguaje Español
Cobertura España
Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
Resumen Segunda
Materia Ley sobre Colegios Profesionales – Legislación – España
Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
Referencias Ley 2-1974
Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
Categoría ISO Derecho – Legislación
Estatus del Dato Segunda de la Ley sobre Colegios Profesionales Completado
Dominio leyes.org.es


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Ley sobre Colegios Profesionales: Segunda

Segunda de la Ley sobre Colegios Profesionales

Segunda de la Ley 2-1974

1.- Texto completo de la versión consolidada del Segunda de la Ley sobre Colegios Profesionales

2.- Segunda de la Ley sobre Colegios Profesionales

Los profesionales que formen parte de los respectivos órganos colegiales y hayan sido elegidos o designados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley, continuarán en el ejercicio de sus cargos hasta que proceda la renovación de los mismos en los plazos previstos en sus Estatutos y Reglamentos.

3.- Investigación Jurídica sobre el Segunda de la Ley sobre Colegios Profesionales

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Segunda de la Ley sobre Colegios Profesionales

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Segunda de la Ley sobre Colegios Profesionales.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Segunda de la Ley sobre Colegios Profesionales

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Segunda de la Ley sobre Colegios Profesionales en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Segunda de la Ley sobre Colegios Profesionales.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Segunda de la Ley sobre Colegios Profesionales.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Segunda de la Ley sobre Colegios Profesionales


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

Textos completos, anteriores a la redacción actual vigente, disponibles del Segunda de la Ley sobre Colegios Profesionales

Versión 2. VIgente desde 27/12/2009 hasta 27/07/2012

Los profesionales que formen parte de los respectivos órganos colegiales y hayan sido elegidos o designados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley, continuarán en el ejercicio de sus cargos hasta que proceda la renovación de los mismos en los plazos previstos en sus Estatutos y Reglamentos.

Versión 2. VIgente desde 27/12/2009 hasta 27/07/2012

Los profesionales que formen parte de los respectivos órganos colegiales y hayan sido elegidos o designados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley, continuarán en el ejercicio de sus cargos hasta que proceda la renovación de los mismos en los plazos previstos en sus Estatutos y Reglamentos.

Versión 1. VIgente desde 25/06/2000 hasta 27/12/2009

Los profesionales que formen parte de los respectivos órganos colegiales y hayan sido elegidos o designados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley, continuarán en el ejercicio de sus cargos hasta que proceda la renovación de los mismos en los plazos previstos en sus Estatutos y Reglamentos.

Versión 1. VIgente desde 25/06/2000 hasta 27/12/2009

Los profesionales que formen parte de los respectivos órganos colegiales y hayan sido elegidos o designados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley, continuarán en el ejercicio de sus cargos hasta que proceda la renovación de los mismos en los plazos previstos en sus Estatutos y Reglamentos.

Versión Inicial. VIgente desde 18/04/1999 hasta 25/06/2000

Los profesionales que formen parte de los respectivos órganos colegiales y hayan sido elegidos o designados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley, continuarán en el ejercicio de sus cargos hasta que proceda la renovación de los mismos en los plazos previstos en sus Estatutos y Reglamentos.

Versión Inicial. VIgente desde 18/04/1999 hasta 25/06/2000

Los profesionales que formen parte de los respectivos órganos colegiales y hayan sido elegidos o designados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley, continuarán en el ejercicio de sus cargos hasta que proceda la renovación de los mismos en los plazos previstos en sus Estatutos y Reglamentos.


5.- Ficha de Metadatos DC:

Título Segunda de la Ley sobre Colegios Profesionales
Palabras Clave Ley 2-1974, Derecho Hipotecario, Derecho Procesal General, Derecho del Trabajo Individual, Civil, Administrativo, Colegios, Estatutos, Parte, Plazos
Descripción LEY. Esta entrada hace referencia a al Segunda de la Ley sobre Colegios Profesionales y Comentarios sobre dicho artículo.
Editor Lawi Project
Colaborador Montserrat Sosa
Fecha Disposición 13-2-1974
Tipo Text.ley
Formato Text/HTML
Identificador (URI) htp://leyes.org.es/segunda-de-la-ley-2-1974
Fuente BOE y otras
Órgano Jefatura Del Estado
Lenguaje Español
Cobertura España
Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
Resumen Segunda
Materia Ley sobre Colegios Profesionales – Legislación – España
Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
Referencias Ley 2-1974
Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
Categoría ISO Derecho – Legislación
Estatus del Dato Segunda de la Ley sobre Colegios Profesionales Completado
Dominio leyes.org.es


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