25 de enero de 2026
Leyes

Artículo 390 del Real Decreto 1784/1996

Artículo 390. Publicidad de los actos inscritos

Este artículo regula cómo se hace pública la información registral en el Registro Mercantil, incluyendo certificaciones, notas simples y consultas.

“La publicidad de los actos inscritos se realizará mediante certificación del contenido de los asientos.”

Con ello se garantiza la seguridad jurídica y se facilita el tráfico mercantil entre empresas y terceros.

Related posts

Artículo 539 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

principal

Artículo 155 del Código Civil: Obligaciones de los Hijos hacia sus Padres

principal

Artículo 14 del Convenio contra la Tortura

principal