11 de marzo de 2026
Leyes

Artículo 12 de la Ley 36/2011

Representación en juicio ante el orden social

El artículo 12 de la Ley 36/2011 reguladora de la jurisdicción social, establece quién puede intervenir como parte en los procedimientos judiciales ante este orden jurisdiccional.

Ampliación de legitimación

Además del trabajador o empresa afectada, se permite la intervención de organismos públicos y sindicatos cuando corresponda por interés legítimo.

“Podrán comparecer en juicio las personas físicas o jurídicas con interés directo y legítimo en la cuestión debatida.”

Este artículo garantiza una representación adecuada en los litigios laborales y sociales, reforzando el acceso a la justicia.

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