17 de marzo de 2026
Leyes

Artículo 13 del Convenio contra la Tortura

Derecho a la denuncia y protección del denunciante

El artículo 13 de la Convención contra la Tortura reconoce el derecho de toda persona a denunciar actos de tortura ante las autoridades competentes.

Protección contra represalias

El Estado Parte debe garantizar la seguridad del denunciante, sus allegados y testigos para evitar actos de intimidación o represalias.

“Todo individuo que alegue haber sido objeto de tortura tiene derecho a presentar denuncia y a recibir protección.”

Este artículo refuerza el compromiso internacional contra la impunidad y a favor de la justicia.

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