25 de enero de 2026
Leyes

Artículo 213 del Código Civil

Remoción del curador

El artículo 213 del Código Civil establece que el juez puede remover al curador cuando incurra en negligencia grave o incumpla sus funciones.

Protección judicial

Esta disposición actúa como medida de protección para evitar daños al representado.

“El juez podrá remover al curador si considera que no cumple adecuadamente sus obligaciones.”

La intervención judicial es clave para preservar los derechos e intereses del apoyado.

Related posts

Artículo 237 del Real Decreto 557/2011

principal

Artículo 8 de la Ley 7/2010

principal

Artículo 2 de la Ley 30/1992

principal