11 de marzo de 2026
Leyes

Artículo 225 del Código Civil

Remoción del curador

El artículo 225 del Código Civil señala que el curador podrá ser removido de su cargo si incumple sus funciones o actúa en contra de los intereses del representado.

Protección del asistido

La ley contempla esta medida como una defensa ante conductas negligentes, abusivas o dañinas.

“El juez podrá remover al curador si su actuación no se adecua al interés de la persona apoyada.”

Una garantía que prioriza la seguridad y bienestar del afectado.

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