25 de enero de 2026
Leyes

Artículo 246 del Código Civil

Capacidad jurídica y de obrar

El artículo 246 del Código Civil señala que toda persona tiene capacidad jurídica en igualdad de condiciones, y que el apoyo debe orientarse a facilitar el ejercicio de sus derechos.

Principio de no discriminación

El enfoque moderno del derecho civil se basa en respetar la dignidad y autonomía de la persona, más allá de sus limitaciones cognitivas o funcionales.

“No puede limitarse la capacidad por motivos de discapacidad sin respetar las garantías legales.”

Un principio transversal a todo el sistema de apoyos.

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