10 de septiembre de 2025
Leyes

Artículo 5 del Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

Jurisdicción penal

Obliga a los Estados firmantes a establecer jurisdicción penal sobre actos de tortura cometidos en su territorio o por sus nacionales, incluso si se encuentran en el extranjero.

“Cada Estado Parte tomará las medidas necesarias para establecer su jurisdicción sobre los delitos de tortura.”

Un artículo crucial para la lucha contra la impunidad internacional.

Related posts

Artículo 13 del Real Decreto 1346/1976

principal

Artículo 228 del Real Decreto 2568/1986

principal

Artículo 1 del Real Decreto 1373/2003: Objeto y Naturaleza Jurídica

principal