17 de agosto de 2025
Leyes

Artículo 6 del Convenio contra la Tortura

Medidas cautelares en caso de detención

Este artículo establece que cualquier persona detenida por delitos de tortura debe quedar a disposición de autoridades judiciales para asegurar su comparecencia y prevenir la impunidad.

“El Estado Parte podrá adoptar medidas para asegurar la presencia del presunto autor del delito.”

Un mecanismo que refuerza la responsabilidad penal internacional.

Related posts

Artículo 118 de la Ley 10/2014

principal

Artículo 209 del Código Civil

principal

Artículo 20 del Convenio sobre Derechos Humanos y Biomedicina

principal