11 de diciembre de 2025
Leyes

Artículo 67 del Real Decreto Legislativo 1/2001

Ocupación de cauces públicos

Regula la autorización necesaria para realizar cualquier ocupación o utilización de cauces, riberas y zonas de servidumbre de dominio público hidráulico.

“Ninguna ocupación de dominio público hidráulico podrá realizarse sin autorización.”

Una medida de control sobre los recursos hídricos en España.

Related posts

Artículo 254 de la Ley Orgánica 6/1985

principal

Artículo 419 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

principal

Artículo 17 de la Directiva 2013/36/UE

principal