25 de enero de 2026
Leyes

Artículo 785 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Celebración del juicio rápido

Establece los pasos procesales para la tramitación y celebración de juicios rápidos por delitos flagrantes o de instrucción sencilla.

“El juicio se celebrará dentro de los quince días siguientes a la incoación del procedimiento.”

Este artículo refuerza la celeridad procesal y la eficacia del sistema penal.

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