Requisitos de autorización para entidades de crédito
El artículo 106 de la Directiva 2013/36/UE establece los requisitos específicos que deben cumplir las entidades que deseen obtener la autorización como entidades de crédito dentro de la Unión Europea.
Supervisión y cumplimiento normativo
Los Estados miembros deben garantizar que las autoridades competentes verifiquen el cumplimiento de todos los criterios prudenciales antes de conceder la autorización, promoviendo la solidez del sistema bancario.
“Las autoridades competentes solo concederán la autorización si la entidad cumple todos los requisitos prudenciales establecidos.”
Este artículo busca asegurar una banca responsable y prevenir crisis financieras a través de una supervisión rigurosa.