Artículo 149 del Código Penal
Lesiones agravadas y protección penal
El artículo 149 del Código Penal español regula las lesiones graves que causan la pérdida o inutilidad de órganos o miembros. Este tipo de delitos se castigan con especial severidad debido a la gravedad del daño causado a la víctima.
Contenido del artículo
Establece penas para quienes, por cualquier medio o procedimiento, causen mutilaciones, inutilizaciones o pérdida de funciones orgánicas de forma dolosa. La ley distingue entre lesiones permanentes y temporales, siendo estas últimas tratadas en artículos distintos.
“Se impondrán penas de prisión de seis a doce años cuando las lesiones produzcan la pérdida o inutilidad de un órgano o miembro principal.”
Aplicación en la práctica
Este artículo se aplica en casos de violencia grave, tanto en contextos individuales como colectivos. Es especialmente relevante en delitos de violencia de género, agresiones físicas con armas, accidentes provocados intencionadamente, entre otros.