Finalidad del artículo 25
El artículo 25 de la Ley 59/2003 de firma electrónica define el concepto y los efectos jurídicos de la firma electrónica reconocida, otorgándole el mismo valor legal que la firma manuscrita.
Requisitos
Para que una firma electrónica sea reconocida debe cumplir con:
- Estar basada en un certificado reconocido.
- Ser generada mediante un dispositivo seguro de creación de firma.
- Identificar al firmante de forma inequívoca.
“La firma electrónica reconocida tendrá, respecto de los datos consignados en forma electrónica, el mismo valor que la firma manuscrita.” – Art. 25 Ley 59/2003
Aplicaciones prácticas
Se utiliza en contratos digitales, trámites con la administración pública, banca electrónica y otras gestiones que requieren identificación segura y no repudio.
Seguridad jurídica
Este artículo ha sido clave para el desarrollo de la administración electrónica y la digitalización de procesos legales en España.