11 de marzo de 2026
Leyes

Artículo 38 de la Ley Orgánica 8/2014, Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas

Artículo 38 de la Ley Orgánica 8/2014

Este artículo define el procedimiento sancionador por faltas muy graves. Detalla las garantías procesales, fases del expediente y los derechos del militar expedientado.

“El procedimiento se ajustará a los principios de legalidad, contradicción, audiencia del interesado y proporcionalidad.”

Es esencial para asegurar un tratamiento justo y conforme al derecho dentro del ámbito disciplinario militar.

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