11 de marzo de 2026
Leyes

Artículo 5 del Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

Jurisdicción penal

Obliga a los Estados firmantes a establecer jurisdicción penal sobre actos de tortura cometidos en su territorio o por sus nacionales, incluso si se encuentran en el extranjero.

“Cada Estado Parte tomará las medidas necesarias para establecer su jurisdicción sobre los delitos de tortura.”

Un artículo crucial para la lucha contra la impunidad internacional.

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