25 de enero de 2026
Leyes

Artículo 127 del Real Decreto 557/2011

Requisitos para la residencia temporal por circunstancias excepcionales

El artículo 127 del Real Decreto 557/2011 regula los requisitos para conceder una autorización de residencia temporal a extranjeros que acrediten circunstancias excepcionales.

Medidas de integración y protección

Este artículo contempla casos de arraigo, razones humanitarias, colaboración con autoridades, entre otros.

“Podrán acceder a la residencia quienes acrediten vínculos familiares o laborales en España u otras circunstancias justificadas.”

Es una disposición fundamental dentro del régimen jurídico de extranjería, con enfoque humanitario y de integración.

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