8 de junio de 2025
Leyes

Artículo 243 del Código Civil

Revisión de las medidas de apoyo

El artículo 243 del Código Civil establece que las medidas de apoyo deben revisarse periódicamente, como garantía de respeto a la evolución de las circunstancias de la persona.

Adaptación continua

Esta revisión puede iniciarse de oficio o a instancia de parte interesada, incluyendo al propio beneficiario.

“El juez podrá modificar o extinguir las medidas si ya no son necesarias.”

Una herramienta clave para ajustar el sistema de apoyo a cada caso concreto.

Related posts

Artículo 254 de la Ley Orgánica 6/1985

principal

Artículo 106 de la Directiva 2013/36/UE

principal

Artículo 107 de la Ley 51/2007

principal

Leave a Comment