Artículo 15 del Convenio contra la Tortura
Inadmisibilidad de pruebas obtenidas bajo tortura
Este artículo del Convenio de las Naciones Unidas contra la Tortura prohíbe explícitamente el uso de cualquier declaración obtenida mediante tortura en procedimientos legales.
Principio de legalidad internacional
Consagra un principio básico de los derechos humanos y del debido proceso, reconociendo que la tortura invalida la credibilidad de las pruebas obtenidas.
“Toda declaración obtenida mediante tortura no podrá ser invocada como prueba en ningún procedimiento.”
Aplicación judicial
Este principio se aplica en todas las jurisdicciones que han ratificado el tratado, reforzando la lucha contra prácticas coercitivas ilegales en los sistemas de justicia.