26 de abril de 2026
Leyes

Artículo 28 del Convención contra la Tortura

Artículo 28 de la Convención contra la Tortura

Este artículo permite a los Estados Miembros declarar que no reconocen la competencia del Comité contra la Tortura para investigar violaciones sistemáticas en su territorio.

La declaración debe hacerse en el momento de la ratificación o adhesión.

Related posts

Artículo 1475 del Código Civil

principal

Artículo 25 del Real Decreto Legislativo 7/2004

principal

Artículo 227 del Código Civil

principal