4 de junio de 2026
Leyes

Artículo 35 del Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

Competencia del Comité

Este artículo permite a los Estados parte reconocer la competencia del Comité para recibir y examinar comunicaciones individuales.

“Todo Estado parte podrá declarar que reconoce la competencia del Comité para recibir comunicaciones individuales.”

Un mecanismo clave de protección internacional de los derechos humanos.

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