25 de octubre de 2025
Leyes

Artículo 371 del Código Penal

Falsedad documental de funcionario público

Establece la pena para el funcionario público que falsifique documentos públicos, oficiales o mercantiles.

“Será castigado con las penas de prisión de tres a seis años, multa e inhabilitación.”

Protege la veracidad de los documentos oficiales.

Related posts

Artículo 237 del Código Civil

principal

Artículo 69 del Real Decreto 557/2011

principal

Artículo 178 del Código Civil

principal