25 de enero de 2026
Leyes

Artículo 1 del CDI con Macedonia de 2005: Personas Comprendidas

Ámbito del Convenio

El artículo 1 del Convenio para evitar la doble imposición entre España y Macedonia de 2005 establece que el acuerdo se aplica a las personas residentes de uno o ambos Estados contratantes.

Aplicabilidad

Incluye tanto a personas físicas como jurídicas que estén sujetas a imposición en virtud de su residencia, domicilio, sede o gestión efectiva.

“El presente Convenio se aplica a las personas residentes de uno o de ambos Estados contratantes.” – Art. 1 CDI Macedonia 2005

Importancia tributaria

Evita la doble tributación y previene la evasión fiscal, estableciendo derechos y obligaciones claros para ciudadanos y empresas de ambos países.

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