26 de abril de 2026
Leyes

Artículo 200 del Código Civil

Incapacidad judicialmente declarada

El artículo 200 del Código Civil describe los supuestos en que una persona puede ser judicialmente incapacitada.

Protección de personas vulnerables

La declaración de incapacidad debe basarse en deficiencias físicas o psíquicas que impidan gobernarse por sí misma.

“Podrá ser incapacitada la persona que sufra deficiencias persistentes de carácter físico o psíquico que le impidan gobernarse.”

Un mecanismo legal de protección y tutela en defensa de la dignidad de las personas.

Related posts

Artículo 6 del Real Decreto 138/2011

principal

Artículo Segundo del Real Decreto 28/2009

principal

Artículo 26 de la Ley 7/1985

principal