26 de abril de 2026
Leyes

Artículo 29 del Convención contra la Tortura

Artículo 29 de la Convención contra la Tortura

Indica el proceso de enmienda de la Convención. Cualquier Estado parte puede proponer modificaciones.

Estas deberán ser aprobadas por la Asamblea General de la ONU y aceptadas por una mayoría calificada de Estados.

Related posts

Artículo 405 de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial

principal

Artículo 29 de la Ley 24/2001

principal

Artículo 74 del Real Decreto 557/2011

principal