13 de enero de 2026
Leyes

Artículo 308 del Real Decreto Legislativo 781/1986

Regulación de bienes comunales

Este artículo regula los bienes comunales de los municipios, su destino y utilización.

“Los bienes comunales se dedicarán preferentemente al aprovechamiento directo por los vecinos.”

Conserva un carácter tradicional de participación comunitaria en los recursos municipales.

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