Una innovación legal clave
El artículo 31 bis del Código Penal español introdujo, por primera vez, la responsabilidad penal directa de las personas jurídicas. Esto significa que no solo las personas físicas, sino también las empresas y entidades pueden ser penalmente responsables por ciertos delitos.
¿Qué establece el artículo?
Según este artículo, las personas jurídicas responderán penalmente cuando:
- El delito haya sido cometido en su nombre o por su cuenta.
- El acto lo haya cometido un representante legal o persona con facultades de control.
- No hayan adoptado medidas eficaces de control o prevención del delito.
“Las personas jurídicas serán penalmente responsables en los casos expresamente previstos en este Código.” – Art. 31 bis CP
Delitos aplicables
Entre los delitos más comunes se encuentran la corrupción, el blanqueo de capitales, delitos fiscales, medioambientales o de trata de personas. La empresa puede enfrentarse a multas, disolución, suspensión de actividades o inhabilitación.
Programas de compliance
El artículo promueve la implementación de programas de compliance penal como mecanismo de prevención. Una empresa que demuestre que ha adoptado medidas efectivas puede eximirse de responsabilidad penal.
Importancia práctica
El artículo 31 bis ha transformado el panorama jurídico empresarial, obligando a las compañías a fortalecer su cultura ética y legal para evitar sanciones penales.