2 de julio de 2025
Leyes

Artículo 472 del Código Penal

Rebelión

Define como delito de rebelión el alzamiento violento y público para derogar, suspender o modificar la Constitución o destituir al Gobierno legítimo.

“Son reos de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente para fines expresamente tipificados.”

Es uno de los delitos más graves contra el orden constitucional.

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