2 de julio de 2025
Leyes

Artículo 476 de la Ley Orgánica 6/1985

Plazas judiciales vacantes

Este artículo regula el procedimiento de provisión de plazas vacantes en la carrera judicial, ya sea mediante concurso o nombramiento directo, dependiendo del nivel y especialidad.

“Las plazas vacantes serán cubiertas por el Consejo General del Poder Judicial conforme al procedimiento reglamentario.”

Vital para garantizar el funcionamiento eficaz del sistema judicial.

Related posts

Artículo 90 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

principal

Artículo 172 del Código Civil

principal

Artículo 7 del Real Decreto 541/2001

principal