10 de septiembre de 2025
Leyes

Artículo 50 de la Ley Orgánica 6/1985

Jueces sustitutos

Establece los requisitos y condiciones para la designación de jueces sustitutos en caso de vacante, ausencia o imposibilidad de los titulares.

“Los jueces sustitutos serán nombrados por el Consejo General del Poder Judicial con carácter temporal.”

Un recurso necesario para evitar la paralización judicial.

Related posts

Artículo 234 del Código Civil

principal

Artículo 18 de la Ley 40/1998

principal

Artículo 90 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

principal