11 de marzo de 2026
Leyes

Artículo 219 del Código Civil

Modificación y extinción del apoyo

Según el artículo 219 del Código Civil, las medidas de apoyo pueden modificarse o cesar si cambian las circunstancias que justificaron su adopción.

Principio de revisión

Permite adaptar el sistema de apoyo a la evolución del individuo.

“Las medidas de apoyo se revisarán siempre que lo requieran las nuevas circunstancias.”

Una norma basada en la flexibilidad y la actualización continua.

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