17 de marzo de 2026
Leyes

Artículo 300 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Auto de procesamiento

Este artículo establece que el juez de instrucción dictará auto de procesamiento cuando los hechos presenten indicios racionales de delito.

“El juez acordará el procesamiento del imputado si existen indicios racionales de criminalidad.”

Es clave en la fase intermedia del proceso penal.

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