25 de octubre de 2025
Leyes

Artículo 147 de la Directiva 2013/36/UE

Requisitos prudenciales de capital

El artículo 147 de la Directiva 2013/36/UE establece criterios sobre el tratamiento de riesgos en exposiciones frente a instituciones.

Supervisión bancaria

Incluye disposiciones para que las entidades financieras mantengan niveles adecuados de capital ante riesgos de crédito y contraparte.

“Los métodos internos deberán reflejar con precisión los riesgos asumidos en cada exposición.”

Este artículo es esencial en la arquitectura de regulación del sistema financiero europeo.

Related posts

Artículo 208 del Código Civil

principal

Artículo 6 de la Ley 30/1998

principal

Artículo 249 del Código Penal

principal