16 de mayo de 2026
Leyes

Artículo 166 del Código Civil

Conflicto de intereses entre padres e hijos

El artículo 166 del Código Civil establece que en caso de conflicto de intereses entre los padres y sus hijos menores, se designará un defensor judicial.

Protección del menor

El defensor judicial actuará en nombre del menor para garantizar sus derechos y evitar que se vea perjudicado por los intereses de sus progenitores.

“Cuando exista conflicto de intereses entre padres e hijos menores, se nombrará defensor judicial.”

Una figura esencial para proteger al menor en procedimientos civiles o administrativos.

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