10 de septiembre de 2025
Leyes

Artículo 176 del Código Civil

Procedimiento judicial de adopción

El artículo 176 del Código Civil regula el proceso legal de adopción, que debe realizarse mediante resolución judicial.

Garantías legales

El juez debe comprobar que se cumplen todos los requisitos, que se protege el interés del menor y que hay consentimiento de los implicados.

“La adopción se constituye por resolución judicial, que habrá de tener en cuenta el interés del adoptando.”

Un paso esencial para formalizar la adopción y dotarla de plenos efectos legales.

Related posts

Artículo 18 del Convenio contra la Tortura

principal

Artículo 74 de la Ley 58/2003

principal

Artículo 41 de la Ley 51/2007

principal