13 de enero de 2026
Leyes

Artículo 31 de la Ley Orgánica 1/2004

Protección en el ámbito laboral a víctimas de violencia de género

Permite a las víctimas adaptar su puesto de trabajo o suspender el contrato laboral sin penalización.

“Las trabajadoras víctimas podrán reducir o reordenar su tiempo de trabajo.”

Es una medida clave en el marco integral de protección a las víctimas.

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