10 de diciembre de 2025
Leyes

Artículo 87 del Acuerdo 05/07/90 (Personal del Tribunal Constitucional)

Jornada laboral del personal

Este artículo establece la jornada ordinaria de trabajo del personal del Tribunal Constitucional, incluyendo horarios y condiciones especiales.

“La jornada ordinaria será de treinta y siete horas y media semanales, distribuidas según las necesidades del servicio.”

Garantiza un equilibrio entre la eficiencia institucional y los derechos laborales.

Related posts

Artículo 330 del Código Penal

principal

Artículo 610 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

principal

Artículo 237 del Código Civil

principal