13 de enero de 2026
Leyes

Artículo Decimotercero del Real Decreto 27/2003

Revisión periódica del sistema de protección

Dispone la obligación de revisar regularmente el sistema estatal de protección de menores en situación de riesgo.

“La administración competente evaluará, al menos cada dos años, la eficacia de las medidas de protección adoptadas.”

Una medida fundamental para garantizar la actualización y adecuación del sistema de protección.

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